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Punto 641
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Comentario
Este es, sin duda, el punto central sobre la materia. Podría haber sido escrito por San Josemaría durante su estancia en la Legación de Honduras, en 1937. En todo caso, la doctrina aquí contenida la predicó detenidamente en el refugio de la Legación (1937):
En 1938 encontramos la formulación de este punto 641, ya acuñada, en la Nota que envió desde Burgos al Vicario General de Madrid, con el que mantenía estrecho contacto desde los comienzos del Opus Dei, explicándole algunos aspectos de su espíritu:
Se ecnuentra una expresión muy parecida en la carta circular que dirigió a los fieles del Opus Dei a principios de 1939:
Se explica aquí qué es y que no es «discreción». La «fórmula» de este punto y, en general, los rasgos de esa discreción que San Josemaría va dibujando en este breve capítulo, constituyen una importante dimensión de la concepción que tiene de la «existencia secular cristiana» [4]. La discreción no se sitúa sólo en el ámbito ascético de la «fecundidad del silencio» (punto 639), sino ante todo en el horizonte de la vida de cristianos corrientes, de ciudadanos iguales a los demás, que se esfuerzan por santificar su trabajo y testimoniar de manera inequívoca su fe católica, pero sin «publicidad» y tratando de vivir secularmente una «vida escondida con Cristo en Dios» (cfr Col 3, 3). La discreción, considerada en su sustancia, se constituye así en una categoría teológica dentro del pensamiento de San Josemaría Escrivá [5]. Por otra parte, es patente que en la redacción de este punto gravita ya la murmuración y la extrañeza que provocaba el estilo de vida cristiana que predicaba el Autor de Camino. En un «mundo católico» que ponía el acento en signos externos –insignias, banderas, hábitos, de partidos políticos confesionales–, se decía que aquello era «misterio», «secreteo». San Josemaría lo niega. Afirma que es sencillamente naturalidad. En este sentido, cuando escribe en Camino todavía quedaba mucho camino por recorrer... [6]. La afirmación de la importancia teológica del concepto de discreción en el pensamiento de San Josemaría es compatible con que él mismo, «pro bono pacis», decidiera –por otra parte, en plena fidelidad a lo que dice en este punto de Camino– retirar la palabra «discreción» de su lenguaje. De 1966 es esta carta dirigida al Consiliario del Opus Dei en España en la que dice: «Leí tu carta del 9, y me divertí un rato con el concepto errado de la discreción, que tienen unos y otros.
Yo personalmente recuerdo habérselo oído comentar, con su «chispa» habitual y ante un grupo de fieles del Opus Dei al final de los años sesenta. El tema era cómo explicar la secularidad cristiana, que tiene en la discreción, como hemos visto, una de sus dimensiones teológicas. Concluía:
[1] Predicación de San Josemaría en la Legación de Honduras, «Sillares», 27-VII-1937, pg 237; XXXVIII; la cursiva es del original. [2] Nota de San Josemaría dirigida a don Francisco Morán, Vicario General de Madrid, Burgos 4-IV-1938; EF 380404-1. [3] Circular de 9-I-1939; EF 390109-1. [4] Vid Alfredo García Suárez, «Existencia secular cristiana», en Scripta Theologica 2 (1970) 145-164, y en Alfredo García suarez, Eclesiología, Catequesis, Espiritualidad, Eunsa («Biblioteca de Teología», 23), Pamplona 1998, pgs 643-674. Con esta expresión -existencia secular cristiana- designa García Suárez la concepción que tiene San Josemaría de la vida cristiana en el mundo. [5] Vid un apunte sobre «el apostolado de los laicos, actividad 'eclesial', pero no 'eclesiástica': la 'discreción' del cristiano», en P. Rodríguez, Vocación, trabajo, contemplación, 1986, pgs 116-118. El tema es intuido también desde otros horizontes pastorales y teológicos. Jacques Maritain en la Europa de los años treinta hablaba de la «discreción de la nueva Cristiandad» (Humanisme intégral. Problèmes temporels et spirituels d'une nouvelle chrétienté, Aubier, Paris 1936) y Joseph Ratzinger en los cincuenta explica «la santa discreción» de la misión de la Iglesia (Die christliche Brüderlichkeit, Kösel-Verlag, München 1960; La Fraternidad cristiana, Taurus, Madrid 1962, pg 106). [6] Sobre el tema vid A. de Fuenmayor, V. Gómez-Iglesias, J. L. Illanes, El itinerario jurídico del Opus Dei, 1989, donde el tema «discreción» va siendo estudiado al compás de la evolución de las formas jurídicas del Opus Dei. Vid pgs 62-64, 105, 110-112, 187s y 269-273. [7] Carta de San Josemaría Escrivá a Florencio Sánchez Bella, Roma 21-XI-1966; EF 661121-2. |